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Trashumancia

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TRASHUMANCIA Y VÍAS PECUARIAS.


1. INTRODUCIÓN HISTÓRICA.

Las primeras normas escritas sobre la trashumancia datan del reinado de Eurico que dictó las primeras disposiciones (año 504), sin embargo se recopilaron más tarde en el reinado de Sisenado. La Ley 5, título 4, libro 8, del Liber Iudicorum marca las rutas de la trashumancia y reglamenta su uso.
En tiempos de la reconquista se fueron consolidando lops desplazamientos de las cabañas de los cristianos. Durante el reinado de Alfonso VIII se dictaron disposiciones relacionadas con el desplazamiento de ganado. En 1273 se crea el HONRADO CONCEJO DE LA MESTA DE PASTORES al amparo de Alfonso X por la gran importancia que la cabaña trashumante empezaba a tener en aquella época.
Sus escudos a lo largo del tiempo fueron los siguientes:
A la izquierda uno de los sellos que originariamente utilizó el Honrado Concejo de la Mesta. A la derecha el sello que la Asociación de Ganaderos del Reino empleó al desaparecer la organización, como se puede comprobar al compararlos mantienen básicamente el mismo esquema
Tenía entre otras atribuciones el control del tráfico ganadero y la preservación de las vías pecuarias actuando con potestades de juez y parte en los litigios que le afectaban tanto en la usurpación de los caminos de carne como en el contrato para el aprovechamiento de pastizales que eran necasarios para el desplazamiento periódico del ganado. El Concejo de la Mesta tenía a su cargo mas de 125.000 kilómetros de vías pecuarias y alrededor de quinientos mil hectáreas de territorios anexos a las cañadas de pastos de dominio público (baldíos, ejidos y otras denominaciones). Constituyendo la columna vertebral de la economía española desde tiempos inmemorables hasta 1940 aproximadamente. El desarrollo de la Mesta está ligado al de la lana Castellana que fue tomando renombre en Europa (Flandes, Florencia, etc.)
La lana Castellana se debe a la raza Merina de la que se desconoce la procedencia y la fecha de introducción. Su éxito se debió a la excelente calidad de la lana de esta raza y por su peculiar crianza.
El Concejo de Mesta eximía del servicio militar y de testificar en los juicios a los pastores. Aparte de su sueldo les adjudicaba veinte de cada cien crías. Con objeto de evitar abusos, cada hato de 400 ovejas podía ser manejado por un pastor y dos mancebos, uno de ellos de dieciséis años de edad. Los tratados de pastos y pastores se cerraban según la tradición, en el solsticio de verano: el 24 de junio, día de San Juan.
El esquileo se realizaba entre abril o mayo, justo antes de comenzar la trashumancia. El tránsito por las Cañadas podía prolongarse desde principios de mayo hasta finales de junio, según las distancia entre elos invernaderos y agostaderos, a razón de unos 20 kilómetros diarios. El regreso hacia el sur coincidia con las primeras heladas en las cumbres, a mediados de octubre. Como dato significativo del movimiento de la cabaña por las cañadas hay que destacar que el rebaño tenía derecho a un quintal de sal y sólo debía respetar las cinco cosas vedadas: dehesas, trogales, viñedos, huertos y prados de siega. Ahora bien, fuera de las propiedades privativas, si alguien usurpaba una vía pecuaria y la sembraba o la incorporaba a sus predios, se veía expuesto al arrasamiento de la propiedad comunal por parte del ganado, que era conducido por los pastores a ocupar la anchura determinada por la Mesta.
La reglamentación propia de la trashumancia estipulaba que cualquier litigio sobre arriendos, propiedades, reses extraviadas o abusos se tenía que plantear ante las asambleas, juntas o concejos de la Mesta, que se convocaban dos veces al año, en enero o febrero en las áreas de invernada y en septiembre u octubre en los pastos de verano. Se consideraban válidas si estaban presentes al menos 40 ganaderos. La asistencia normal alcanzaban las 200 - 300 personas. Tenían derecho a voto hombres y mujeres que tuvieran al menos 50 ovejas trashumantes. Los nombramientos se hacían por sorteo.
La cabaña constituía el ganado (sin distinción de clase: vacuno, ovino, caprino, porcino, caballar) y los arreos necesarios para su traslado a través de las vías pecuarias. Una cabaña estaba compuesta por unas diex a doce mil cabezas, al cargo del mayoral. Cada millar de ovejas con 25 mansos y 50 carneros, era controlado por un rabadán ayudado por dos pastores y dos mancebos. Todo el ganado era controlado por cinco perros mastines que llevaban a su cuello collares de cuero (carlancas) atravesados por pinchos hacia el exterior con los que se defendían del ataque de los lobos, frecuentes visitantes de la cabaña para conseguir sustento.(La Real Zamorana de Francisco Fernandez en la Revista Aire Libre, pag 35 a 42).
Durante el siglo XVI se desplazaban 3 millones de cabezas mesteñas. La decadencia comienza en el siglo XVIII al pasar buena parte de los pastos a manos de burgueses urbanos y al extenderse la raza merina por otros paises. Desde antiguo la Mesta despertaba oposición entre los campesinos causado por los privilegios de los que disfrutaba la asociación y los abusos cometidos por los grandes propietarios de los rebaños y de las tierras. Algunos miembros del alto clero y la nobleza intervinierosn enfrentando mas a los campesinos con los ganaderos trashumantes. A causa de estos privilegios, la Mesta ha pasado a la historia como una institución arcaizante, de reminiscencias feudales, arrasadora de cultivos, empobrecedora de tierras y gentes, y un lastre poco menos que insalvable para el progreso del país. Pero pocas cosas se han dicho de las aportaciones singulares y novedosas de la cultura mesteña a la convivencia y al desarrollo de la vida social: la democracia de las decisiones (voz, Ley, obligaciones y amparo para todos por igual), la igualdad rigurosa de derechos entre hombre y mujer, la protección de los animales frente a los malos tratos y la aplicación de normas sanitarias para los animales. La decadencia continuaba hasta que en el trienio liberal (1820 - 1823) es abolida la Mesta, en los años siguientes no se restaura pero continuó existiendo. El enfrentamiento era tan grande que en 1824 se conceden armas gratuitas a los pastores para defenderse. En 1829 desaparece de manera formal y definitivamente en 1836.
Al desaparecer la institución que se ocupaba de defender las cañadas, esta fueron ocupadas por los pequeños agricultores y ganaderos de las localidades por las discurrían no solo por el afán de poseer tierras sino también por el odio que acumuló la Mesta, la trashumancia y las cañadas a lo largo de los siglos de atropellos. También los grandes propietarios y nobles ocuparon grandes tramos de cañadas que discurrían entre sus propiedades con lo que, no solo, se beneficiaron de la Mesta cuando esta existía cometiendo atropellos contra los pequeños propietarios sino que después también robando el patrimonio del Estado.




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